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BBVA ya no comercializa en Francia, o desde Francia, préstamos o productos de ahorro a particulares o a pequeñas empresas y no recurre a la captación directa de clientes. Más información.  

 

 

Ley Eckert

NORMATIVA SOBRE CUENTAS BANCARIAS INACTIVAS Y CONSECUENCIAS SOBRE SUS ACTIVOS

Desde el 1 de enero de 2016, se han impuesto nuevas obligaciones a las entidades bancarias relativas a la gestión de las cuentas bancarias inactivas.

La ley 2014-617, de 13 de junio de 2014, conocida como la ley «Eckert», define el marco jurídico de las cuentas bancarias inactivas y prevé que una cuenta se transfiera a la Caja de Depósitos y Consignaciones al cabo de un período de inactividad de 10 años (3 años para los titulares fallecidos).

Esta nueva normativa establece una definición de las cuentas inactivas e impone a las entidades bancarias nuevas obligaciones de identificación de las cuentas bancarias y las cajas fuertes inactivas, así como de información de los clientes y de sus derechohabientes, y organiza el depósito de los activos en la Caja de Depósitos y Consignaciones y, más adelante, su atribución al Estado.

Cualquier cliente persona física (mayor o menor de edad, o mayor protegido) y cualquier cliente persona jurídica (empresas, asociaciones, actores de la economía pública) puede verse afectado por esta ley.

En caso de inactividad de sus cuentas y/o de sus cajas fuertes, el banco deberá informarle regularmente de tal inactividad y de sus consecuencias en caso de que esta inactividad persista en el tiempo.

Para mayores detalles, a continuación se explican las principales novedades derivadas de las disposiciones aplicables a las cuentas y a las cajas fuertes (esta comunicación no concierne a las disposiciones relativa a los contratos de seguro de vida, que deben aplicar las aseguradoras y no los bancos).

A tener en cuenta

Este dispositivo no le afecta si realiza regularmente operaciones en como mínimo una de sus cuentas o si se presenta regularmente en su banco (consultando sus cuentas a distancia, comunicándose con su oficina por correo postal o electrónico, firmando una prueba de haber acudido a una cita en su oficina). Y si sus cuentas bancarias están activas, su caja fuerte también se considera automáticamente como activa.

¿QUÉ ES UNA CUENTA INACTIVA?

Una cuenta bancaria se considera como inactiva si al cabo de un período de 12 meses se cumplen las dos condiciones siguientes:

La cuenta no ha sido objeto de ninguna operación diferente de la anotación de los intereses y de los cargos realizados por la entidad en concepto de los gastos y las comisiones de cualquier naturaleza, de los pagos de productos o del reembolso de títulos de capital o de crédito.

El titular de la cuenta, su representante legal o la persona facultada por este no se ha presentado de ninguna forma en el establecimiento para esta cuenta ni para cualquier otra cuenta abierta a su nombre.

El plazo se amplía a los 5 años para las cuentas de valores, las cuentas con libreta, las cuentas a plazo fijo y las cuentas abiertas dentro del marco de los productos de ahorro. Puesto que las sumas depositadas en estos tipos de cuentas no están disponibles durante un cierto período en virtud de las disposiciones legales o convencionales, el período de 5 años empieza a contar al final del período de no disponibilidad.

En caso de defunción del titular, la inactividad se constata si, una vez ha transcurrido un período de 12 meses después de la defunción, ningún heredero ni derechohabiente ha informado al banco de su voluntad de hacer valer sus derechos sobre los activos y los depósitos registrados en tales cuentas. 

INFORMACIÓN A LOS TITULARES DE CUENTAS INACTIVAS

Si una cuenta se califica como inactiva según dispone la ley, el banco debe informar de ello al titular de la cuenta (o a sus derechohabientes en caso de un titular fallecido).

Esta información se transmite una primera vez cuando se constata la inactividad y seguidamente se renueva todos los años. El titular podrá en todo momento volver a activar su cuenta poniéndose en contacto con el banco.

Si el titular de la cuenta no se manifiesta de ninguna manera antes del plazo previsto por la ley, la cuenta se cerrará y los activos se transferirán a la Caja de Depósitos y Consignaciones al cabo de un período de inactividad de 10 años (3 años para los titulares fallecidos).

Se enviará una última información 6 meses antes de que expire este plazo.

TRANSFERENCIA DE LOS ACTIVOS Y LOS DEPÓSITOS DE UNA CUENTA INACTIVA

Una vez una cuenta se declara como inactiva, el banco está obligado a transferir los depósitos y los activos de esta cuenta a la Caja de Depósitos y Consignaciones al cabo de un plazo de 10 años a partir de la última operación o de la última manifestación del cliente o de su representante (20 años de inactividad en caso de que solo haya un PEL).

Para los titulares fallecidos, este plazo se reduce a los 3 años después de la fecha de defunción del cliente cuya cuenta sea inactiva.

El depósito en la Caja de Depósitos y Consignaciones debe ir precedido del cierre de la cuenta inactiva.

En el caso de cuentas de valores o de PEA, el banco está obligado a vender los títulos antes de transferir el producto de la liquidación (en euros) a la Caja de Depósitos y Consignaciones. El banco no será responsable en caso de una eventual depreciación generada por la operación de liquidación.

A tener en cuenta: los valores intransferibles continuarán depositados en el Estado al final de la prescripción de treinta años.

Los activos que se hayan depositado en la Caja de Depósitos y Consignaciones y que el titular de la cuenta o sus derechohabientes no reclamen a esta pasarán definitivamente a ser propiedad del Estado al cabo de un plazo de 20 años a partir de la fecha de su depósito. Este plazo se fija en 27 años para las cuentas inactivas cuyo titular haya fallecido.  

El banco archivará la información y los documentos que le atañen (o que atañen a sus derechohabientes conocidos por el banco), así como los relativos a sus cuentas cerradas, para su transmisión a la Caja de Depósitos y Consignaciones cuando usted (o uno de sus derechohabientes) formule una solicitud de reembolso de los títulos depositados. Esta solicitud a la Caja de Depósitos y Consignaciones debe realizarse antes del plazo de prescripción de treinta años, al final de la cual los fondos pasan definitivamente a ser propiedad del Estado (20 años después del depósito de los fondos en la CDC, o 10 años después del depósito en caso de que solo haya un PEL, o 27 años después del depósito en caso de fallecimiento del titular).

La Caja de Depósitos y Consignaciones examinará todas las solicitudes de reembolso a la vista de las pruebas aportadas por el solicitante y los documentos archivados por el banco para verificar la identidad del solicitante y determinar el importe de las sumas que se le deberán restituir.

CASO DE LAS CAJAS FUERTES INACTIVAS

Una caja fuerte se considera como inactiva en caso de falta de manifestación del titular (o de los derechohabientes para un titular fallecido) o de operaciones en una cuenta abierta a su nombre durante 10 años y si, al final de este período, no se han pagado los gastos de alquiler como mínimo una vez.

En caso de inactividad, el banco informa al titular (o a sus herederos o derechohabientes conocidos, si procede) de las consecuencias derivadas de la inactividad de la caja fuerte. Esta información se renueva cada 5 años.

Al final de un plazo de 20 años a partir de la fecha del primer impago, el banco está autorizado a proceder a la apertura de la caja fuerte y a comprobar su contenido. Se informa al titular de la aplicación de este procedimiento 6 meses antes de que expire este plazo. El banco está autorizado a liquidar los títulos depositados en la caja fuerte y a hacer vender judicialmente en subasta pública los bienes depositados. El producto de la venta realizada revierte en el Estado, una vez deducidos los gastos anuales de alquiler impagados, los gastos de apertura de la caja fuerte y los gastos de venta.

No se realiza ninguna transferencia a la Caja de Depósitos y Consignaciones.

CASO DE LAS CUENTAS INACTIVAS DURANTE MÁS DE 30 AÑOS A 1 DE ENERO DE 2016

A partir del 1 de enero de 2016, fecha de entrada en vigor de la ley, y tras haber informado al cliente, las cuentas cuya inactividad sea efectiva desde hace más de 30 años se liquidarán y se transferirán al Estado.

PROCESAMIENTO DE LOS DATOS DE LOS CLIENTES

A fin de respetar las obligaciones de la ley Eckert, y de conformidad con las disposiciones de la ley 78-17, de 6 de enero de 1978, modificada, de Informática, Ficheros y Libertades, el banco implementa un sistema de procesamiento de los datos para identificar a los titulares fallecidos de cuentas o de cajas fuertes inactivas.

En el caso de clientes personas físicas, desde el momento de la constatación de la inactividad de una cuenta o de una caja fuerte, el banco tiene la obligación de consultar (anualmente para las cuentas y cada 5 años para las cajas fuertes) el Registro Nacional de Identificación de las Personas Físicas (RNIPP) para investigar la posible defunción de su cliente.

Este fichero, custodiado por el INSEE, es el reflejo de los registros de estado civil de las personas nacidas en Francia y en los DU, así como de las personas nacidas en el extranjero o en las colectividades de ultramar, a condición de que hayan estado registradas en la Seguridad Social.

Dentro del marco de su obligación legal de consulta del RNIPP, el banco debe procesar, de manera automatizada o no, los datos de carácter personal de sus clientes. Estos datos de carácter personal se procesan únicamente con finalidades de identificación de los titulares fallecidos de cuentas y/o cajas fuertes inactivas.

Dentro del marco de esta finalidad, el banco se ve obligado a transmitir tales datos de carácter personal a su prestatario y a entidades de su grupo.

El banco adopta las medidas adecuadas para garantizar la protección de los datos transmitidos, de conformidad con la Ley de Informática y Libertades.

Las personas físicas afectadas por estos procesamientos disponen de un derecho de acceso a sus datos de carácter personal y también pueden solicitar que se rectifiquen, se actualicen o se supriman los datos inexactos, incompletos u obsoletos, así como oponerse, siempre que pueda indicarse un motivo legítimo para ello, a que sus datos de carácter personal sean objeto de procesamiento. Estos derechos pueden ejercerse ante la oficina en la que está abierta la cuenta.

Para más información

-           ¿Qué sucede con una cuenta inactiva? Consulte la guía rápida bancaria n.º 29, de diciembre de 2015, publicada por la Federación Bancaria Francesa

http://www.lesclesdelabanque.com/Web/Cdb/Particuliers/Content.nsf/DocumentsByIDWeb/8TMDBB?OpenDocument

  -           Los textos de este nuevo mecanismo

Puede consultar el texto de la ley «Eckert» 2014-617, de 13 de junio de 2014 (principalmente L.312-19 y L.312-20 del Código Monetario y Financiero), el Decreto de Aplicación n.° 2015-1092, de 28 de agosto de 2015, y el Decreto de 21 septiembre de 2015.

https://www.legifrance.gouv.fr

  -           Caja de depósitos

Consulte la información útil sobre la Caja de Depósitos y Consignaciones y su función dentro del mecanismo instaurado por la ley «Eckert».

http://www.caissedesdepots.fr/comptes-inactifs-et-contrats-dassurance-vie-non-reclames